Tipos de errores en la medicina veterinaria

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Tipos de errores en la medicina veterinaria

Autores: Convezcol Colombia

Que son errores veterinarios 

Cuando se habla de un error en medicina veterinaria, se puede pensar que se ha usado un método diagnóstico o un tratamiento equivocado por parte del médico veterinario para lograr un objetivo, que causó o que puede causar un daño o perjuicio en la salud del paciente.

Un error en el diagnóstico o en un procedimiento, no implica necesariamente la ocurrencia de un daño, pero la presencia de este último es requisito indispensable para hablar de responsabilidad.

El daño debe ser cierto y objetivamente demostrable. Si no se demuestra científicamente la relación entre el error cometido por el médico veterinario y el daño o perjuicio sufrido por el animal, el profesional no incurre en responsabilidad.

Si el profesional demuestra que actuó con la diligencia y prudencia debida y que siguió las recomendaciones de la ciencia médica actual, no verá comprometida su responsabilidad aunque el diagnóstico haya sido erróneo y se hubiese generado un daño.

  • Error simple. No incluye un riesgo para la salud del paciente, aunque sí puede ocasionar desprestigio en el profesional y puede pasar inadvertido  para el observador inexperto.
  • Error grave. Es el error cometido por el veterinario por no seguir los protocolos médicos y es el resultado  de una conducta negligente o imprudente. Es importante determinar si el error condiciona el manejo adecuado del paciente, si lleva a la institución de tratamientos inadecuados o impide la toma de decisiones terapéuticas. Este error implica riesgo para la salud del animal.
  • Error diagnóstico. El diagnóstico es una hipótesis de trabajo científico, que debe ser de- mostrado objetivamente. Por lo tanto el error diagnóstico en sí no puede ser motivo de práctica médica negligente.
  • Error de derecho. La ignorancia o desconocimiento de las leyes o normas, no sirve como justificación o excusa por los actos indebidos cometidos.
  • Error de hecho. No hay acto médico punible o condenable si no media daño y sin que a su autor se le pueda imputar imprudencia, negligencia o impericia es decir, culpa.

La culpa

Cuando el médico veterinario no hace  (omisión) lo que le corresponde de acuerdo con el estado clínico de su paciente, en el lugar y tiempo pertinente, puede incurrir en culpa  médica, porque  su acción u omisión, puede terminar en un daño.

La culpa  exige la demostración de alguno de los siguientes aspectos:

Impericia 

Es la falta total o parcial de experiencia, habilidad o conocimientos técnicos de quien emprende una asistencia o un tratamiento. Es decir, es la carencia de conocimientos mínimos o básicos necesarios para el correcto desempeño de la medicina veterinaria.

Un ejemplo de impericia, sería realizar un procedimiento quirúrgico, sin el conocimiento de la técnica quirúrgica, de la hemostasia o del adecuado manejo de tejidos.

Imprudencia

Equivale a realizar un procedimiento sin las debidas precauciones técnicas o científicas. Es una acción inconsciente que se efectúa a pesar de haberse pronosticado el resultado adverso que ocasionará en el paciente. Es la conducta opuesta a la que aconsejarían la experiencia y el buen sentido de un especialista.

Un ejemplo sería realizar un procedimiento quirúrgico sin los debidos exámenes pre-anestésicos que categoricen el estado de salud del paciente o realizar dicho procedimiento en un lugar no adecuado para el mismo, sin los equipos de reanimación necesarios, poniendo en riesgo la vida del paciente.

Negligencia

Ocurre cuando a pesar de tener el conocimiento de lo que se debe hacer, no se hace nada y por lo tanto se produce un daño. Equivale a descuido u omisión. Al contrario de la imprudencia es “hacer menos. Surge de una actuación descuidada pero no hay falta de conocimientos.

Como ejemplos comunes de negligencia en medicina veterinaria se tienen los registros defectuosos en las historias clínicas, las actitudes de confianza en la evolución esperada que llevan a descuidar la observación continua y la entrega de responsabilidades a personal subalterno sin suficiente preparación o sin competencia.

Infracciones

De la totalidad de los boletines suministrados por COMVEZCOL para el caso Colombiano la gran mayoría son referentes a profesionales dedicados al ejercicio de la medicina veterinaria de pequeños animales, ya que en la actualidad tiene la mayor demanda de profesionales en Colombia.

Con respecto al ejercicio de la medicina veterinaria en Colombia; lo relacionado a la salud en grandes animales es relativamente mucho más escasa, posiblemente debido a los conflictos que pudieran suscitarse entre propietarios y profesionales, por algún error cometido por estos últimos siendo dirimidos de otra manera y no a través de denuncias formales al tribunal de ética profesional que implicara una sanción legal.

La infracción que más se sanciona en Colombia tiene que ver con el diagnostico de los animales siendo el articulo 13 LEY 576 DE 2000. De acuerdo con el este artículo los profesionales de la medicina veterinaria en Colombia no hacen uso de los exámenes complementarios complicando llegar a un diagnóstico y/o terapéutica adecuada. En este sentido El médico veterinario, debe dedicar el tiempo necesario al animal, con el propósito de hacer una evaluación completa de su estado de salud, para poder así indicar los exámenes complementarios indispensables para precisar el diagnóstico y prescribir la terapéutica. 

En gran parte de los procesos de sanción que se realizaron durante los ultimos 5 años; los profesionales se vieron comprometidos al No llevar una historia clínica completa, inadecuada o carecer de ella.

La tercera sanción tiene que ver con los conocimientos, capacidades y competencias para cumplir cabalmente la misión profesional, en este sentido la falta de conocimiento trae errores en el tratamiento y consigo problemas graves para los pacientes, mas de 50 casos son sancionados cada año en Colombia por este caso.

Se recomienda que los profesionales deben mantener un alto nivel de
competencia, mostrarse receptivos a los cambios científicos y tecnológicos a través del tiempo. Deben capacitarse para un mejor desempeño.

Las sanciones impuestas fueron desde una amonestación verbal o escrita, hasta 4 años de suspensión del ejercicio profesional.


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